Por pereza, por olvido o por ahorrarnos no solo el coste de las tasas de inspección, sino los arreglos necesarios en nuestro vehículo para pasar exitosamente este requisito.
Son muchos los motivos por los que circulamos con la ITV caducada. Pero, ¿sabemos realmente los riesgos que ello conlleva? Aquí te los explicamos.
Es importante dejar claro que no se puede circular con la ITV caducada. Sin excepción. Si has solicitado una cita pero la ITV ya la tienes caducada, podrás ser sancionado igualmente con 200€ de multa (100€ si te beneficias de la reducción del 50% por pronto pago).
La buena noticia es que no te quitarán puntos de carnet de conducir.El único plazo aplicable es acudir a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) antes de alcanzar la fecha de caducidad reflejada en la ficha técnica de nuestro vehículo.
La pegatina de color que hemos pegado en la ocasión anterior en la esquina del parabrisas es simplemente orientativa.Una vez caducada no hay plazos.
Si has escuchado que existe un mes de gracia desde que te caduca, olvídalo. No es verdad. Circular sin el requisito de la superación de la ITV reglamentaria conlleva 200 € de multa y la intervención del permiso de circulación.
En caso de que te pillen in fraganti sí que hay un marco legal definido. Dispones de un máximo de 10 días para superar la inspección técnica y presentar el justificante. De lo contrario tu vehículo puede ser intervenido.
Esos dispositivos realizan un cotejo de matrículas con el sistema ITICI (Intercambio Telemático del parque automovilístico) y su función es señalar aquellos vehículos que presenten ITV caducada, negativa o desfavorable.
Igualmente, si infringimos la normativa de tráfico circulando a más velocidad de la debida y nos “pilla” el radar, no solo nos llegará a casa una estupenda misiva de la Guardia Civil con la consiguiente receta por el exceso de velocidad, sino que también nos sancionarán por no tener pasada debidamente la ITV.
Recuerda que el mes de gracia o tener una cita pedida aunque la ITV esté caducada son leyendas urbanas. Al igual que lo son estacionar el vehículo y no moverlo mientras no se acuda a la estación correspondiente a pasar la inspección.
Que no lo uses no significa que no se encuentre en una situación administrativa irregular. El estacionamiento en una finca privada tampoco está exento de sanción, ya que el SEPRONA puede multarnos si hay indicios de abandono.
Y si nuestra intención es estacionarlo en un garaje privado, tenemos la posibilidad de darlo de baja de forma temporal y evitar problemas.Recuerda que en el momento en que el vehículo se encuentre de alta deberá pasar de forma inmediata la inspección obligatoria.
Este trámite sirve como medida de comprobación del cumplimiento de los vehículos con los requisitos mínimos para su correcta circulación, así que eres el primer interesado en que pase la ITV.
Y no olvides que aunque no seas tú quien conduce, la multa la recibirá el titular del vehículo.
La buena noticia es que no te quitarán puntos de carnet de conducir.El único plazo aplicable es acudir a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) antes de alcanzar la fecha de caducidad reflejada en la ficha técnica de nuestro vehículo.
La pegatina de color que hemos pegado en la ocasión anterior en la esquina del parabrisas es simplemente orientativa.Una vez caducada no hay plazos.
Si has escuchado que existe un mes de gracia desde que te caduca, olvídalo. No es verdad. Circular sin el requisito de la superación de la ITV reglamentaria conlleva 200 € de multa y la intervención del permiso de circulación.
En caso de que te pillen in fraganti sí que hay un marco legal definido. Dispones de un máximo de 10 días para superar la inspección técnica y presentar el justificante. De lo contrario tu vehículo puede ser intervenido.
Una vez caducada no hay plazos. Si has escuchado que existe un mes de gracia desde que te caduca, olvídalo. No es verdad.
Mientras no me pillen
Muchos conductores creen que mientras no les pare una patrulla de la Guardia Civil no tendrán problemas. Otro error. A lo largo de la Red de Carreteras y Autopistas del Estado se han instalado lectores de matrícula en muchos paneles luminosos.Esos dispositivos realizan un cotejo de matrículas con el sistema ITICI (Intercambio Telemático del parque automovilístico) y su función es señalar aquellos vehículos que presenten ITV caducada, negativa o desfavorable.
Igualmente, si infringimos la normativa de tráfico circulando a más velocidad de la debida y nos “pilla” el radar, no solo nos llegará a casa una estupenda misiva de la Guardia Civil con la consiguiente receta por el exceso de velocidad, sino que también nos sancionarán por no tener pasada debidamente la ITV.
Cómo pasar la ITV
El procedimiento para realizar la ITV es igual aunque esté caducada. No supone ningún recargo ni tasa adicional. Simplemente debes pedir cita en la estación más próxima y acudir el día que nos señalen a la hora indicada.Recuerda que el mes de gracia o tener una cita pedida aunque la ITV esté caducada son leyendas urbanas. Al igual que lo son estacionar el vehículo y no moverlo mientras no se acuda a la estación correspondiente a pasar la inspección.
Imagen de Jakub Petrymusz |
Y si nuestra intención es estacionarlo en un garaje privado, tenemos la posibilidad de darlo de baja de forma temporal y evitar problemas.Recuerda que en el momento en que el vehículo se encuentre de alta deberá pasar de forma inmediata la inspección obligatoria.
Este trámite sirve como medida de comprobación del cumplimiento de los vehículos con los requisitos mínimos para su correcta circulación, así que eres el primer interesado en que pase la ITV.
Y no olvides que aunque no seas tú quien conduce, la multa la recibirá el titular del vehículo.
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